PRINCIPIOS
BÁSICOS DEL DEBIDO PROCESO
Existen principios básicos del debido proceso aplicables a todo
proceso de manera general, en el cual se acogan decisiones que produzcan o
extingan derechos, siendo estos los de mayor relevancia:
- Idoneidad:
Es idóneo aquello que es lo adecuado, lo que resulta necesario para
obtener el resultado buscado.El proceso debe ser adecuado tanto para cumplir la
exigencia garantista como para hacer posible la justicia. El proceso debe tener
una secuencia ya definida de manera que este sirva como mecanismo de protección
adecuado y eficaz de un derecho ante cualquier tipo de vulneracion
- Imparcialidad:
Este principio refiere a la decisión del juez de manera
equitativa, sin estar a favor o en contra de una de las partes, sin ninguna
preferencia. Implica la ausencia de vínculos personales o procesales con uno de
los extremos de la confrontación.
- Igualdad:
La expresion de dignidad de exigir un mismo trato a todos por igual que
se encuentren en situaciones similares. La Corte ha señalado que la noción de
igualdad se desprende directamente de la unidad de naturaleza del género humano
y es inseparable de la dignidad esencial de la persona, frente a la cual es
incompatible toda situación que, por considerar superior a un determinado
grupo, conduzca a tratarlo con privilegio; o que, a la inversa, por
considerarlo inferior, lo trate con hostilidad o de cualquier forma lo
discrimine del goce de derechos que sí se reconocen a quienes no se consideran
incursos en tal situación.
- Transparencia:
Tiene que ver con la posibilidad de conocimiento e información de todo
interesado, no solamente en lo que respecta al procedimiento que deberá
observarse para quese le pueda privar de su derecho o limitarlo, sino también
de las razones o motivos para hacerlo, los fundamentos de hecho que se invocan
y de las evidencias presentadas para motivarlos.
- Contradicción:
Es aquel por el cual tanto la parte actora y demandada, mantienen una
contienda judicial, presentando sus opiniones, pruebas y alegados que se oponen
a lo que se le este imputando por parte de la contraparte. La vigencia de este
principio permite el derecho a la defensa y a la igualdad, de no aplicarse
unade las partes quedaría en indefensión y sería discriminada.
- Evidencia:
Atiende a las constancias que pueden exhibirse para acreditar una
afirmación. En efecto, no pueden afectarse derechos sin que se haya demostrado
razonablemente que se han producido los supuestos de hecho exigidos por una
norma de carácter general: estos supuestos deben ser probados, no simplemente
invocados. Se trata de que la decisión no se tome omitiendo el punto de vista
desde la perspectiva de los dos intereses que se contraponen en el proceso.
- Motivación:
Es un deber de quien toma la decisión, mientras que para la parte
interesada es un derecho que le permite conocer por qué se tomó la decisión, a
la vez conocer de esto le permite impugnar la decisión.
- WEBGRAFÍA:
http://repositorio.dpe.gob.ec/bitstream/39000/135/1/ST-002-DEBIDO%20PROCESO%20EN%20ACTOS%20NORMATIVOS%20Y%20ADMINISTRATIVOS.pdf
Muy interesante, estoy muy orgulloso de ti.
ResponderEliminarbuen trabajo, sigue asi :v
ResponderEliminarMe sirvió mucho tu información
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