VINCULACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN Y EL COIP EN EL DEBIDO PROCESO
El Debido Proceso es el más sofisticado instrumento
de resolución de disputas y conflictos de contenido y relevancia
jurídica, el proceso tiene reglas que permiten llegar a una resolución
justa. Además, el Estado tiene la potestad de sancionar a los
infractores de la ley, por ejemplo, en el proceso penal; pero, tiene que
brindarse al imputado un proceso en el cual se respeten las garantías
constitucionales, esto es lo que permite calificar a un proceso como
justo, debido y legal.
Según el Código Orgánico Integral Penal “el derecho
penal tiene una doble función, contradictoria frente a los derechos de
las personas, por un lado proteger derechos y por otro restringe”.
Esto puede ser interpretado en el hecho de que el estado debe respetar y
valorar los derechos de la víctima, pero por otro lado deben normar
las conductas inadecuadas de las personas y su mal accionar. La persona
que se encuentra en conflicto con la ley penal, puede restringir
excepcionalmente sus derechos, cuando vulnera los derechos de otras y
justifica la aplicación de una sanción.
La Vinculacion que existe entre la Constitucion de la República del Ecuador y el Código Orgánico Integral Penal (COIP), radica en el Principio de Igualdad que está estiulado en el art 76, numeral 3 de la constitución haciendo referencia a los derechos que tiene la persona que esta siendo procesada por alguna infracción.
WEBGRAFÍA:
http://www.eumed.net/rev/cccss/2016/02/proceso.html
Interesante información, te expresas muy bien.
ResponderEliminarBuen video.
ResponderEliminarDemasiada informacion para asimilar, aunque buena informacion
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